viernes, 20 de noviembre de 2009

Tutelados los derechos vulnerados de Ezequiel Perlaza Ortiz, como aspirante a gerencia de la ESE GUAPI

Con ponencia del Magistrado Hernán Andrade Rincón, el Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca falló el pasado 17 de noviembre en segunda instancia la impugnación solicitada por Ezequiel Perlaza Ortiz contra la sentencia de 20 de octubre de 2009, que confirmaba al actual gerente, Holman Rivera Rodríguez. En estas condiciones, el Tribunal ordena al Gobernador del Cauca que dentro de las 48 horas siguientes a la notificación de la providencia, proceda a nombrar al doctor Hugo Ezequiel Perlaza Ortiz, como gerente de la Empresa Social del Estado Guapi.

Antecedentes

Hugo Ezequiel Perlaza, había interpuesto acción de tutela contra el Departamento del Cauca - Empresa Social del Estado Guapi, para solicitar la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso administrativo, al trabajo y a la igualdad, al considerar que le habían sido vulnerados cuando luego de convocar a concurso para seleccionar el gerente de dicha institución, el Gobernador Guillermo Alberto González, mediante Decreto 0533 de 2008, nombró como gerente al doctor Holman Rivera Rodríguez (foto www.elliberal.com.co), quien había ocupado el último lugar dentro de la terna puesta a su consideración.

El Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito de Popayán, declaró improcedente la acción de tutela interpuesta inicialmente, porque consideró que Perlaza Ortiz contaba con otros medios de defensa como las acciones electoral y de nulidad y restablecimiento del derecho, además que no probó la existencia de un perjuicio irremediable y tampoco se cumplió con el requisito de la inmediatez ya que han pasado más de 16 meses desde la ocurrencia del hecho dañino, sin que exista justificación para dicha inactividad.

Impugnación y análisis del Tribunal

Sin embargo, Perlaza inconforme con la decisión adoptada, impugnó la sentencia de primera instancia. Reiteró los argumentos expuestos en el escrito de tutela, enfatizando lo concerniente a los derechos fundamentales supuestamente vulnerados, aduciendo, entre otras cosas, que no existe término de caducidad para interponer la acción de tutela y que el principio de inmediatez debe ser valorado por el juez en cada caso particular, situación que no realizó el juzgador de instancia ya que la vulneración de los derechos fundamentales es actual. En consideración a lo solicitado la Sala estimó que el término para presentar la acción de tutela es razonable y no impide la procedencia de la misma, por cuanto el período para el cual fue nombrado el actual gerente de la ESE GUAPI, expira el 31 de marzo de 2012.

Por otra parte, la Sala no compartió el razonamiento del juez de instancia, según el cual Perlaza Ortiz contaba con otros medios de defensa que tenía a su alcance, y que al interponer la acción pretendía revivir un debate que ya no se podía entablar y consideró además que las acciones de nulidad y restablecimiento del derecho y reparación directa, que serían las vías ordinarias para discutir este tipo de conflictos, no son siempre eficaces para garantizar la protección de los derechos fundamentales de quienes habiéndose sometido a un concurso de méritos, no son elegidos a pesar de haber ocupado los primeros puestos.

Decisión

Desvirtuadas las razones de improcedencia expuestas en la sentencia impugnada, la Sala, constituida por los magistrados Hernán Andrade Rincón, Hilda Calvache Rojas y Naun Mirawal Muñoz Muñoz, concluyó que efectivamente se vulneraron los derechos fundamentales de Ezequiel Perlaza Ortiz, “por cuanto la elección realizada por el Gobernador del Cauca, se alejó completamente del factor de mérito previsto en la norma ya que procedió a nombrar a quien ocupaba por puntaje el último lugar dentro de la lista de elegibles sin que exista justificación razonable…” “En consecuencia la sentencia impugnada debe revocarse para en su lugar conceder la protección de los derechos fundamentales invocados”.

1 comentarios:

  1. Santiago Cuero Solís21 de noviembre de 2009 14:29

    Claro que hay que acoger los fallos de la justicia y respetarlos, pero el chino HOLMAN, viene realizando una interesante gestión en el área de la salud en el Litoral Pacífico con encomiebles labores administrativas y sanitarias que permiten cumplir los distintos programas asistenciales, por ello lo apoyamos desde estas recónditas tierras de la Costa Caucana.

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