JOSE LOPEZ HURTADO*
Todas las dictaduras, aún las de origen constitucional y con mayor razón las otras -las que nacen del poder de la fuerza-, se alimentan del temor que generan hacia enemigos invisibles o inexistentes. Así fue con las SS de Alemania nazi, con Juan Vicente Gómez y con Videla y compañía, cuando lo de las Malvinas. El régimen crea adversarios para fortalecer su propia supervivencia ignominiosa, sin importar ni la vida, honra ni bienes de los ciudadanos. La protección a derechos elementales del ser humano, como los de pensar o caminar, se pisotean sin ninguna consideración y los códigos internacionales que los establecen, simplemente quedan reducidos a un canto a la bandera. La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948, fue en relación con esos atributos inherentes de primera generación, un tanto tímida cuando en el art. 19, establece el derecho a la libertad de opinión y de expresión. La Convención Americana de Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica de 1969, en el art.13, por su parte, planteó la protección de esos mismos derechos dentro de una dinámica más aterrizada, seguramente tratando de acercarse a los conflictos sui-generis de nuestra región, cuando por esa época florecían las satrapías del Rio Grande, al sur. Pero lo que es más importante, adelantándose incluso a las técnicas de Internet, inexistentes por aquellas épocas .Derecho a la libertad de pensamiento y de expresión, y en fin, de opinión, como prerrogativas consustanciales a la propia condición humana, es lo que los tratados internacionales han consagrado. Significa el derecho de todo ser humano a disentir, a expresarse en contrario sobre temas de su realidad política, particularmente, sin temor a sentirse acosado o perseguido por sus opiniones.
Las satrapías van más allá. Pretenden castigar hasta el pensamiento, cuando éste todavía no se ha expresado, es decir, cuando aún se encuentra allá en las zonas más recónditas del cerebro, formándose, esperando el momento oportuno para volverse tangible. Se castiga al pensamiento que no ha nacido a la forma de las palabras. Así la tradición universal del derecho penal, desde las épocas más remotas, haya sostenido que no puede haber delito sin acción, que no se puede penar al pensamiento. Dicen los tratadistas del derecho punitivo que la voluntad más acción, categoriza al Dolo, mientras que la sola acción criminosa sin Intención, equivale a una conducta culposa. Pero de todas maneras, en ambos escenarios, ha existido el ejercicio material de la conducta.
Los dictadores en cambio, piensan otra cosa en el estéril orgasmo de su locura. Hay que matar al pensamiento, antes de que tome forma. Y se atente contra la estabilidad del Estado.
Por eso la importancia de la policía secreta, de que existan informantes al interior de las universidades, de que el desprevenido pasajero pueda ser “copiado” en sus conversaciones por el taxista. Cualquiera puede resultar sospechoso a los intereses del régimen. Cualquiera puede ser un espía al servicio de gobiernos extranjeros.
Al fin y al cabo, la cultura que inspira el miedo, es la mejor herramienta de la que puede echar mano el fugaz poder de los débiles.
*Analista Internacional.

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