domingo, 11 de abril de 2010

Personería Municipal de Santander de Quilichao convoca elección de representantes de la comunidad al Comité Permanente de Estatificación

Álvaro Hernando Mendoza Bermúdez, Personero Municipal de Santander de Quilichao, hizo una convocatoria pública para la elección de representantes de la comunidad ante el Comité Permanente de Estatificación, evento que se realizará el Sábado 24 de abril de 2010 de 8:00 a.m. a 4:00 p.m. en la Institución Educativa Técnico-ambiental Fernández Guerra.

Mendoza Bermúdez explicó que “la Estratificación Socioeconómica es una herramienta que le permite al municipio clasificar los inmuebles en distintos estratos o grupos en los cuales residen personas con características sociales y económicas similares. La metodología para llevar a cabo la estratificación, consiste en calificar la vivienda como una aproximación a la calidad de vida de las personas que la habitan”.

Además aclaró que la estratificación sirve para: Seleccionar los estratos que requieren subsidios para el pago de los servicios y los estratos que deben hacer contribuciones para ayudar a subsidiar. Realizar programas sociales como expansión y mejoramiento de infraestructura de servicios públicos y vías, campañas de salud y saneamiento, programas educativos y recreativos, en las zonas que más lo requieren y para que las autoridades municipales les cobren el impuesto predial teniendo en cuenta las diferencias de estrato.

El Comité Permanente de Estratificación

Es un órgano asesor, consultivo, de veeduría y de apoyo del alcalde municipal y segunda instancia en atención de reclamos por el estrato asignado, creado por la ley; sin personería jurídica; y cuyo funcionamiento estará financiado con recursos provenientes de la alcaldía municipal y del concurso económico de las empresas comercializadoras de servicios públicos domiciliarios residenciales en la localidad, de conformidad con lo dispuesto en la ley 505/99 art.11.

El Comité Permanente de Estratificación del Municipio de Santander de Quilichao, estará conformado por los siguientes integrantes o miembros:

En Propiedad: Un representante de cada empresa registrada ante la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y en la respectiva comisión de regulación que facture a usuarios residenciales en el territorio municipal, elegidos por el Representante Legal de ellas o quien haga sus veces, para un periodo de dos (2) años, sin perjuicio de ser reelegido o removido. Los representantes de la comunidad, en igual número a los de las empresas, para un periodo de dos años sin posibilidad de ser reelegido para los dos periodos siguientes, y sin perjuicio de ser removido en cualquier tiempo. En todo caso deberá como mínimo haber un representante de la comunidad rural.
Con voz pero sin voto: El Personero o su delegado. Un vocal de control social y desarrollo de los servicios públicos domiciliarios que exista en el Municipio elegido por ellos. El Secretario Técnico de la oficina de Planeación Municipal o funcionario responsable de la estratificación designado por acto administrativo por el señor Alcalde.

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