viernes, 26 de noviembre de 2010

Boletín de Deudores Morosos del Estado BDME será publicado en Enero de 2011

En virtud del parágrafo 3º del artículo 2º de la Ley 901 de 2004, todas las entidades públicas tienen la obligación de enviar a la Contaduría General de la Nación, el Boletín de Deudores Morosos del Estado con la relación de las personas naturales y jurídicas que tengan deudas superiores a cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes ($2.575.000 para el 2010) y más de seis meses de mora, el cual debe remitirse en los 10 primeros días de los meses de Junio y de Diciembre con fecha de corte 31 de Mayo y 30 de Noviembre respectivamente.

Con base en la información recibida, la Contaduría General de la Nación consolida la información y la publica en el Boletín de Deudores Morosos del Estado BDME.

El próximo Boletín de Deudores Morosos del Estado (Número 14), corresponde al corte a 30 de Noviembre y será publicado en la página Web de la Contaduría General de la Nación, el 30 de Enero de 2011. El reporte se debe realizar a través del sistema CHIP, de conformidad con las instrucciones impartidas en la Resolución 531 del 24 de noviembre de 2009.

La categoría BDME para el corte a 30 de Noviembre, quedará disponible el 1 de Diciembre, realizando la actualización de formularios del corte Noviembre.

Los detalles e instrucciones sobre el BDME los pueden consultar en la página www.chip.gov.co /información de la categoría/ archivos de ayuda BDME.

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