El Alcalde Ramiro Navia declaró esta mañana a los periodistas de la ciudad que objetará el acuerdo aprobado por el Concejo, en virtud del cual le dio facultades restrictivas para contratar en el 2011, porque su contenido es parcialmente inconstitucional e ilegal.
En una rueda de prensa el Alcalde Navia expuso las razones que tiene la administración objetar el acuerdo y recordó que para el año 2010, el Concejo no aprobó el presupuesto municipal y la administración debió hacerlo a través de un decreto. Para ese tiempo fueron solicitadas las facultades que el Concejo debe otorgar al Alcalde para contratar, pero sólo hasta fines de Enero y pocos días antes de iniciarse la ley de garantías electorales, se aprobaron. Esta demora, sumada a los cinco meses de la ley de garantías, impidió la contratación directa y la firma de convenios. Este año pasó exactamente lo mismo, pero con algunos elementos adicionales. En octubre se presentó el Presupuesto Municipal del año 2011, pero el Concejo ni siquiera le dio primer debate al proyecto. Era obligación del Alcalde, aprobarlo por decreto y solicitar también las facultades de la corporación para contratar en el 2011. La administración ha convocado varias veces a sesiones extraordinarias para que se den esas facultades, pero el Concejo no lo hizo en los tiempos establecidos.
Adujo el Alcalde Navia a la prensa, que el Concejo, aprobó un acuerdo que da facultades al Alcalde para contratar, pero hasta por una suma de 650 salarios mínimos legales que equivale más o menos a 348 millones de pesos y únicamente hasta el 30 de abril. Indicó que un presupuesto de 166 mil millones de pesos para el 2011 que aprobamos por decreto, que es para atender a la comunidad, para cumplir un Plan de Desarrollo, no se va a poder ejecutar. Comparó el jefe de la administración municipal, la diferencia abismal entre sólo poder ejecutar 348 millones de pesos y contar con un presupuesto de 166 mil millones de pesos. Si contemplamos además que el 30 de abril de 2011, comienza la ley de garantías electorales, estaríamos prácticamente maniatados. Tendríamos muy poca capacidad para maniobrar y realizar las obras que tiene prevista la administración. Además, no se podría atender el funcionamiento básico del Municipio de Popayán.
Aclaró el Alcalde Ramiro Navia que el proyecto de acuerdo con facultades restrictivas, fue aprobado por 11 Concejales.
La ley 136 dice que el Concejo tendrá que autorizar las facultades al Alcalde, la Constitución Política igualmente dice que el Concejo deberá dar facultades al alcalde para contratar, la ley 136 recaba que cualquier tipo de restricción, debe ser reglamentada previamente, o sea aprobada en acuerdo previo, presentado por el ejecutivo municipal, sin monto, ni plazos determinados.
Informó el Alcalde que este es un caso sui generis que sólo se ha presentado en la historia del municipio colombiano en ciudades como Yopal y Armenia y hay pronunciamientos muy serios de las autoridades competentes.
Es claro, manifestó el médico Navia, que los 8 Concejales que votaron en contra del acuerdo, lo hicieron porque está viciado de inconstitucionalidad e ilegalidad y hubo extralimitación de funciones de quienes lo aprobaron.
Agregó que así como los 8 Concejales no aprobaron el acuerdo por inconstitucional e ilegal, el alcalde no podrá sancionarlo, porque sería entonces cohonestar con esos vicios. Anunció el Alcalde Navia que lo objetará y según esa decisión, la administración municipal, seguirá sin facultades para contratar.
Señaló que no quiere pensar que se trate de algún saboteo de algunos de los Concejales, a la administración municipal. No nos digamos mentiras, estamos en un año político. No nos digamos mentiras, la gente reconoce el esfuerzo que ha hecho la administración, la gente disfruta de las obras que hemos ejecutado. No pueden decidir así, unos concejales que fueron elegidos por mil votos, en relación con los 40 mil votos que tuvo el Alcalde y que se reconoció como la votación más alta de la historia de esta ciudad. El daño no se lo hacen a Ramiro Navia, se lo están haciendo a Popayán.

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