miércoles, 2 de febrero de 2011

A partir de hoy quedó abierta inscripción de candidatos para las elecciones del 30 de octubre

A partir de hoy, y hasta el 8 de abril hay plazo para se inscriban formalmente los precandidatos a Gobernación, Asamblea, Alcaldías y Concejos Municipales, según sendas resoluciones expedidas por la Dirección Nacional Liberal.

Las Resoluciones 2642 ,2643, 2644 y 2645, expedidas en el día de ayer, y que llevan la firma de Rafael Pardo Rueda, Presidente del Partido Liberal Colombiano reglamentan la inscripción de candidaturas para quienes aspiren a obtener el aval del PLC para participar en las elecciones a concejo, gobernaciones o alcaldías, asamblea departamental del 30 de octubre de 2011 y determinan los criterios para la elaboración de las listas únicas.

De acuerdo con la normatividad expedida, además de los requisitos señalados en disposiciones constitucionales y legales los aspirantes deben diligenciar el formulario de postulación expedido por la DNL, adjuntar la documentación exigida y presentarlo en el respectivo directorio departamental o municipal, según el caso.

CANDIDATOS A LA GOBERNACIÓN

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Para que un aspirante pueda inscribirse y recibir el aval como candidato a gobernador, debe cumplir por lo menos con uno de los siguientes requisitos: presentar el apoyo de por lo menos el 20% de los integrantes del directorio departamental; apoyo del 30% de la respectiva bancada en la Asamblea Departamental; presentar el apoyo de por lo menos un representante o un senador que tenga influencia en la respectiva jurisdicción; en formulario especial suministrado por la Dirección Nacional Liberal, presentar el apoyo de nuevos afiliados al Partido en número igual o superior al 30% de la cifra repartidora definida en las elecciones del 2007 para la Asamblea departamental.

CANDIDATOS A LAS ALCALDÍAS

Los aspirantes a las alcaldías deben cumplir mínimo con uno de los siguientes requisitos: presentar el apoyo de por lo menos el 20% de los integrantes del directorio municipal; apoyo del 30% de la respectiva bancada en el Concejo Municipal; presentar el apoyo de por lo menos un representante o un senador que tenga influencia en la respectiva jurisdicción; en formulario especial suministrado por la Dirección Nacional Liberal, presentar el apoyo de nuevos afiliados al Partido en número igual o superior al 30% de la cifra repartidora definida en las elecciones del 2007 para el respectivo Concejo Municipal.

CANDIDATOS A LA ASAMBLEA DEPARTAMENTAL

Los aspirantes deben satisfacer por lo menos, uno de estos requisitos: ser diputado en ejercicio a nombre del Partido Liberal en la misma circunscripción electoral; presentar el apoyo de por lo menos un representante o un senador que tenga influencia en la respectiva jurisdicción; certificar el apoyo de por lo menos dos miembros del directorio departamental; en formulario especial suministrado por la Dirección Nacional Liberal, presentar el apoyo de nuevos afiliados al Partido en número igual o superior al 20% de la cifra repartidora definida en las elecciones del 2007 para la Asamblea departamental; presentar el apoyo de por lo menos el 20% de los concejales liberales de la respectiva circunscripción electoral; cuando se trate de jóvenes y mujeres, presentar formalmente el apoyo de organizaciones sociales que los representen.

CANDIDATOS A CONCEJOS MUNICIPALES

Deben satisfacer por lo menos, uno de estos requisitos: ser concejal en ejercicio a nombre del Partido Liberal en la misma circunscripción electoral; certificar el apoyo de por lo menos dos miembros del directorio municipal; en formulario especial suministrado por la Dirección Nacional Liberal, presentar el apoyo de nuevos afiliados al Partido en número igual o superior al 20% de la cifra repartidora definida en las elecciones del 2007 para el respectivo Concejo Municipal; cuando se trate de jóvenes y mujeres, presentar formalmente el apoyo de organizaciones sociales que los representen.

OTRAS CONDICIONES

Una vez realizada la inscripción de un postulante, la persona no podrá retirarse para aspirar a la misma posición en representación de otro partido político pues se constituye en causal de doble militancia.

No se descarta la posibilidad de realizar consultas populares, consultas internas, encuesta abierta, o encuesta entre militantes para la selección del candidato entre los postulantes inscritos, cuyo valor se descontará de los recursos por reposición de votos.

Los postulados que por lo menos obtengan el 70% del respectivo Directorio serán analizados a través de consenso político para decidir el otorgamiento del aval.

El directorio departamental podrá conceder aval a candidatos a las alcaldías en los municipios donde se decida no realizar encuesta o consulta.

Los parlamentarios, concejales y miembros de directorio no podrán apoyar a más de tres aspirantes.

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