jueves, 18 de agosto de 2011

La participación democrática de los colombianos es mínima, casi ínfima

ESPECIAL PARA PROCLAMA DEL NORTE

HEMBERTH JAVITH PAZ GOMEZ

19 Agosto 2011

En la medida que se registran las estadísticas de elecciones, se observa que la participación democrática es menguada y así, el potencial electoral que se ubica en 29.997.574 colombianos aptos para votar, solamente van a las urnas 11 o 12 millones, de los cuales el 40% originan votos anulados porque a la gente no se le enseña cómo votar… Es una minoría la que aprende a manejar el tarjetón, los demás hacen que sufragan pero no eligen y en estas condiciones la soberanía del pueblo no es tal y la decisión popular es ínfima. Además la Constitución Nacional ofrece diversos estadios de participación democrática de los ciudadanos pero no hay voluntad frente al estado de cosas que vive nuestro país debido al conformismo y a la falta del cumplimiento de los derechos y deberes ciudadanos…

Observemos los Deberes:

 Elegir a los gobernantes de acuerdo con su conciencia.

 Cumplir los mandatos de la Constitución de la Ley.

 Comprometerse con las soluciones derivadas de problemas sociales y políticos.

 Capacitarse con seriedad para asumir el destino del país.

 Rechazar todo intento de agresión y violencia contra la dignidad humana.

 Defender como ciudadano la soberanía y las instituciones que sustentan la democracia y hacer de ésta un estilo de vida.

Ahora los Derechos:

 Ser elegido a cargos de representación popular.

 Propender para que el gobernante sea pulcro, honesto, responsable y eficaz.

 Vigilar que el Estado Social de Derecho desarrolle los principios y objetivos constitucionales.

 Participar de las garantías sociales, educativas y políticas que reconozca el Estado.

 Exigir respeto a su condición de hombre, dentro de criterios de solidaridad y concordia.

 Valorar la democracia como elemento fundamental para el desarrollo de los pueblos.

Sobre las formas de participación democrática, la Carta Política de Colombia nos señala en el Titulo IV - de la participación democrática y de los partidos políticos:

ARTICULO 103. Son mecanismos de participación del pueblo en ejercicio de su soberanía: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato. La ley los reglamentará.

El Estado contribuirá a la organización, promoción y capacitación de las asociaciones profesionales, cívicas, sindicales, comunitarias, juveniles, benéficas o de utilidad común no gubernamentales, sin detrimento de su autonomía con el objeto de que constituyan mecanismos democráticos de representación en las diferentes instancias de participación, concertación, control y vigilancia de la gestión pública que se establezcan.

ARTICULO 105. … los Gobernadores y Alcaldes según el caso, podrán realizar consultas populares para decidir sobre asuntos de competencia del respectivo departamento o municipio.

ARTICULO 106. … los habitantes de las entidades territoriales podrán presentar proyectos sobre asuntos que son de competencia de la respectiva corporación pública, la cual está obligada a tramitarlos; decidir sobre las disposiciones de interés de la comunidad a iniciativa de la autoridad o corporación correspondiente o por no menos del 10% de los ciudadanos inscritos en el respectivo censo electoral; y elegir representantes en las juntas de las empresas que prestan servicios públicos dentro de la entidad territorial respectiva.

Desafortunados todos nosotros que no usamos los mecanismos participativos para frenar la corrupción, las alzas y atropellos de empresas públicas, las acciones dolosas de los políticos y gobernantes corruptos y mantener una permanente veeduría ante el gasto y las obras públicas, para que el estado cumpla efectivamente su pacto social con igualdad, justicia y equidad… Lo demás es permitir que Colombia siga desbordándose en violencia, saqueo del presupuesto público y miseria insolente y despiadada.

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