En la madrugada de hoy, desde las cuatro de la mañana, llegó a Santander de Quilichao, un Escuadrón Móvil Antidisturbios (ESMAD) en cumplimiento del amparo policivo solicitado por la empresa Progasur S.A. E.S.P. ante la Gobernación del Cauca, con el fin de permitir la instalación del tubo del gasoducto Pradera-Popayán, que había sido interrumpido por la protesta de los vecinos de los barrios Calama, Santa Anita, Nipororo, Belén, El Rosario, quienes argumentan riesgos por el paso de tubería de gas a alta presión por el sector urbano de esta ciudad.
Bajo la protección policial, los obreros de la empresa reiniciaron los trabajos de apertura de zanjas y enterramiento de la tubería pues no se lograron acuerdos con la comunidad que pedía que la tubería de alta presión no pasara por las calles de sus barrios. Los vecinos del sector, a pesar de su protesta silenciosa, se mostraron nerviosos por el gran despliegue de fuerza pública, motivo por el cual el concejal Néstor Pardo, dirigente cívico que ha estado al frente de este proceso, hizo un llamado a la comunidad a la cordura y a evitar enfrentamientos con la fuerza pública o los obreros, mientras se estudia la situación; sin embargo, convocó a una marcha de protesta pacífica que se realizará el día de mañana por las principales calles de la ciudad.
En diferentes instancias de conciliación se había convenido que en el trayecto de 800 metros, que es lo que falta para terminar el gasoducto, Pradera/Jamundí – Popayán, se bajara la presión a la mitad, de manera temporal, mientras se hacían las gestiones para evacuar la tubería por fuera del casco urbano. Progasur aceptó la instalación de válvulas de control de presión para cumplir con la petición ciudadana pero no aceptó que fuera provisional, sino una decisión permanente, lo cual, a su vez, no fue aceptado por los voceros comunitarios.
Acompañaron en la mañana de hoy al ESMAD helicópteros de la Policía y se vio al frente de los operativos al comandante de la Policía Cauca, coronel Carlos Ernesto Rodríguez, quien simultáneamente ordenó la protección para las instalaciones de la Alcaldía Municipal y otras instalaciones oficiales.
A esta hora, bajo tensa calma se re-iniciaron los trabajos con el argumento, por parte de la empresa Progasur y el amparo policivo, según el cual el Consejo de Estado autorizó continuar la construcción, instalación y operación del gasoducto por la Carrera Sexta de Santander de Quilichao, revocando un auto del Tribunal Administrativo del Cauca, que a través de una medida cautelar dentro de una Acción Popular, había dispuesto la suspensión de las obras al considerar que dichas obras violaban los derechos e intereses colectivos.
De acuerdo con el fallo, de fecha 31 de marzo de 2011, la Sala Administrativa del Consejo de Estado consideró que las razones dadas por el Tribunal Administrativo del Cauca no cumplen con los requisitos exigidos por la Ley 472 de 1998, en la medida que en el expediente no se encuentra demostrada inminencia de un daño a los derechos colectivos, ni está plenamente motivada. “Contrario a ello, dice el fallo, al revisar los elementos probatorios que obran en el expediente, se advierte que si bien, en principio, la suspensión de la obra podría afectar a un cierto número de usuarios, de conformidad con el Convenio de Cofinanciación No. 99 de 2008, suscrito entre el Ministerio de Minas y Energía y Progasur S.A. E.S.P. el proyecto de construcción del sistema regional de transporte de gas natural en el ramo Cali - Popayán, pretende beneficiar a 99.534 usuarios”.
Los antecedentes
Como oportunamente lo informó Proclama del Cauca, el 29 de septiembre de 2010 Germán Adolfo Valencia Jiménez y otros ciudadanos, en ejercicio de una Acción Popular demandaron a la Secretaría de Planeación Municipal y a la empresa Progasur S.A, E.S.P. en defensa de los derechos e intereses colectivos a la seguridad y salubridad públicas, a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente y a la realización de construcciones, edificaciones y desarrollos urbanos, respetando las disposiciones jurídicas, de manera ordenada, y dando prevalencia al beneficio de calidad de vida de los habitantes, por considerar que el proyecto de instalación y operación del trazado del gasoducto Pradera - Jamundí - Popayán en la carrera 6 de Santander Quilichao, Cauca, y en otras vías representa riesgo para la comunidad”. Además se argumentaba en la demanda previa que “tal procedimiento no es viable en la carrera 6, puesto que en este sector existen tuberías de agua potable, alcantarillado y del gasoducto urbano de Gases de Occidente a cada uno de los costados, que se verían afectados”, también, que “la construcción de la infraestructura del gasoducto genera un riesgo para la comunidad, dado los accidentes, errores humanos, fenómenos de la naturaleza y actos terroristas que se pueden generar”.
Decisión en Primera Instancia y Apelación
Por lo anterior, el Tribunal Administrativo del Cauca, en providencia del 26 de octubre del 2010, dispuso como medida cautelar la cesación inmediata de las obras del proyecto de instalación y operación del trazado del gasoducto.
En consecuencia, de lo anterior, el Ministerio de Minas y Energía, por intermedio de apoderada, presentó recurso de apelación contra la decisión adoptada por el Tribunal Administrativo del Cauca, con el fin de que se revoque la medida cautelar adoptada, porque es improcedente, “como quiera que en la demanda sólo se pone de presente la infraestructura del gasoducto, considerándose que ello eventualmente podría causar un desastre. Es de advertirse que tales obras se han realizado, faltando sólo 800 metros aproximadamente por instalar”.
Se argumentó también en la apelación que “la prestación de servicios públicos domiciliarios implica cierto nivel de riesgo, pero no por ello puede concluirse que la construcción de la infraestructura necesaria para la prestación del servicio, como lo es el gasoducto, genere per se una amenaza a los derechos colectivos invocados en la demanda…” Igualmente, que “En el evento en que la construcción de la referida infraestructura incumpliera los requisitos técnicos y legales vigentes, se vulnerarían los derechos colectivos. Sin embargo, el problema jurídico planteado en la demanda no obedece a esta hipótesis… por tanto, la medida cautelar decretada por el Tribunal Administrativo del Cauca, no es procedente, habida cuenta que no existe prueba que acredite que la construcción del gasoducto genere alguna amenaza o daño a los derechos colectivos”.






ALDEMAR LOBATO
ResponderSuprimir21:56 (hace 9 horas)
para usuario
Hola apreciado periodista.
Me deprime de gran manera, que una Alcaldia que se postulaba como de puertas abiertas a la comunidad y amiga de un pueblo, permita unos niveles tan altos de abuso y represión para una comunidad que no son precisamente los narcotraficantes , paramilitares, guerrilleros y de los ladrones de la piramide que han hecho de las suyas en el transcurso de la historia nuestra. ¿Porque en aquellos momentos no se han tomado esas medidas tan radicales?.
Perdon por mi ignorancia pero esos sobrevuelos del helicoptero, la alimentación y alojamiento de esos protectores de los intereses privados a quie le corresponde pagarlos? ¿ Sera que a nosotros nos toca algo del gastico?.
A la falta de solidaridad de todo un pueblo, visualize solo vecinos de bien de esos sectores expresando su incoformidad, se necesitaba todo ese circo? por Dios no sigan atemorizando al pueblo, con consignas baratas de defender la democracia y otra tantada de tonterias,
se ve que esos señores de pROGASUR MANEJAN BASTANTE DINERO O ME EQUIVOCO.
UN CIUDADANO TOTALMENTE DESCONCERTADO DELAS POLITICAS PUBLICAS E NUESTRO MUNICIPIO.