sábado, 4 de febrero de 2012

Ecos de un holocausto

José López Hurtado*

La condena de segunda instancia que hace pocos días profirió el Tribunal Superior de Bogotá, confirmando la sentencia de 30 años de prisión contra el Coronel Plazas Vega, por los hechos ocurridos los días 6 y 7 de noviembre de 1985 en el Palacio de Justicia a manos de los entonces guerrilleros del M-19, que conmocionó al mundo entero, y que produjo la muerte de las más lúcidas mentes del derecho en Colombia por esos años, y la desaparición de civiles y de una de las alzadas en armas, fuera de combate, ha desatado una encendida polémica, que lamentablemente se ha querido ubicar en el espectro político, y no en el jurídico como debería ser.

Los estudiosos del derecho han brillado por su ausencia en el debate, sobre las implicaciones del fallo condenatorio , particularmente cuando la Corporación solicita a la Corte Penal Internacional (Estatuto de Roma), que inicie las averiguaciones sobre la conducta que en los dolorosos hechos, asumió el entonces Presidente-poeta Belisario Betancourt Cuartas, para que con ello "impida la impunidad que brinda el fuero que protege al expresidente en el ámbito interno colombiano", al mismo tiempo, que a la justicia nacional, averiguar sobre la eventual responsabilidad de los ministros de entonces, por el papel que en esos terribles momentos cumplió el Consejo de Ministros.

El asunto como se ha querido plantear no es si el fallo condenatorio hace honor o no, al heroísmo de los militares ("Aquí defendiendo la democracia, maestro"), aún incluso - así sea una premisa fundamental - tampoco lo es, lo de la autonomía de las ramas del Poder Público, precisamente manoseada por algunos personajes públicos, que incluso con mensajes subliminales pretenden que los profanos desestimen la decisión del alto tribunal.

Esos son argumentos políticos que despojan de la majestad a la decisión judicial tomada, permitiendo que se la cubra con los más peligrosos ropajes de la animadversión o devoción, según la lente con la que se la mire, y agregando un factor al clima de intolerancia, que hasta ahora éste gobierno, el del Presidente Santos, ha logrado exorcizar.

El único proceso de responsabilidad política que se ha adelantado contra el ex-presidente-poeta Betancourt, por su juez natural, la Comisión de Acusaciones (!) de la Cámara de Representantes, terminó en lo que se preveía, en un fallo inhibitorio, pero de su responsabilidad penal nada se ha dicho después de 27 años de los trágicos insucesos, cuando según los términos del fallo del Tribunal Superior de Bogotá, fue claro que se incurrió en negligencia o descuido en una evidente "omisión o vacío de poder".

Sobre la responsabilidad penal de los guerrilleros, el país debe "hurgar" en su memoria para recordar cómo la complacencia oficial ha sido más que generosa, y revisar, vrg. el Acuerdo Político de 1990 y la Ley de Amnistía de 1998, para los delitos políticos, no comunes, cometidos por esa organización.

Entonces, la polémica, además sana para el país, debe darse en el tema probatorio y de qué manera los hechos presentados, que por el tiempo, peligrosamente, comienzan a desdibujarse, ofendieron no solo el régimen de penas colombiano, sino también los propios Tratados del Derecho Internacional Humanitario, en particular en el asunto de los desaparecidos, fueren civiles o guerrilleros. Y por supuesto, la propia jurisdicción y competencia de la Corte Penal Internacional, para actuar en este asunto en particular.

Cuando se resuelva el recurso de Casación que desatará la Corte Suprema de Justicia, quedará zanjado definitivamente el asunto. Pero sin duda, la discusión continuará.

*Analista Internacional, Bogotá D.C.

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